El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) ha oficializado la creación, mediante Resolución Ministerial N.º 0274-2021-MIDAGRI, del Grupo de Trabajo Sectorial para el desarrollo del sector agrario y de riego en el marco de la II Reforma Agraria, del cual ONAMIAP forma parte. Pero al aceptar nuestra participación dejamos claro lo que debe entenderse por reforma agraria.
Foto: Andrés Alviar/ ONAMIAP
Hace 52 años el gobierno del general Juan Velasco Alvarado decretó la Reforma Agraria. Entonces los pueblos indígenas éramos prácticamente esclavizados por los grandes latifundistas, que nos despojaron de nuestros territorios para sus haciendas. Las mujeres indígenas éramos utilizadas no solo para la servidumbre doméstica sino incluso sexualmente. Los sucesivos gobiernos fueron desmantelando esta reforma porque la aristocracia nunca perdió el control del Estado. Por eso hoy existen empresas agroexportadoras que poseen extensiones de tierras más grandes que esas antiguas haciendas. Y existen nuevas formas, incluso legalizadas, de despojo territorial.
Como ONAMIAP planteamos, en primer lugar, que la Segunda Reforma Agraria no puede ser solo comprendida como el desarrollo de capacitaciones y formación técnica. En tiempos de crisis y pandemia, debe enfocarse en producir alimentos para la gente en vez de productos de exportación para la economía global, contribuir a construir nuestra soberanía alimentaria, cultivar alimentos saludables, reducir el calentamiento global y cuidar a la Madre Tierra.
Además, un proceso de real reforma debe garantizar:
Evaluación de la Primera Reforma Agraria. Es fundamental que el MIDAGRI promueva una evaluación de la Primera Reforma Agraria incorporando las experiencias de los Pueblos Indígenas u Originarios. Ello para tener claridad de lo positivo de ese proceso y los impactos negativos en los territorios indígenas.
Aseguramiento de la propiedad colectiva indígena u originaria. La Segunda Reforma Agraria debe priorizar a la propiedad colectiva y no a la propiedad individual que viene fracturando los territorios y la organización comunal.
Titulación de la propiedad territorial ancestral de los Pueblos Indígenas u Originarios. Ello implica que se elimine la figura de cesión de uso en la titulación de las comunidades nativas.
Eliminación de las formas legales de despojo territorial indígena. Como ONAMIAP hemos identificado leyes que legalizan el expolio de territorios a comunidades y Pueblos, éstas deben ser revisadas para que cumplan con los estándares internacionales de derechos de Pueblos Indígenas.
Estos planteamientos fueron alcanzados al MIDAGRI en una carta remitida el 17 de septiembre al director general de Gestión Territorial, Eibert Sotomayor Obregón, en respuesta a su invitación para integrar este Grupo de Trabajo. En esa carta señalamos también que es fundamental que el proceso a emprender garantice los derechos de los pueblos y las mujeres indígenas.
Por una reforma agraria integral, desde nosotras y con nosotras.
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