La Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) saluda la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional la Ley 31494, conocida como la Ley de Comités de Autodefensa (Ley CAD). Este fallo ordena al Congreso a cumplir con la consulta previa para leyes que puedan afectar los derechos de los pueblos indígenas, tal como lo establece el Convenio 169 de la OIT.
Antecedentes y una lucha constante.
Este logro no es casualidad, sino el resultado de años de lucha. Desde el año 2020 ONAMIAP viene denunciando públicamente las afectaciones a los derechos de los pueblos indígenas que implica la aprobación de esta ley. ONAMIAP remitió múltiples cartas al Congreso y al Ejecutivo solicitando el archivo inmediato del proyecto de ley y señalando la necesidad de que la eventual aprobación de la norma debía ser objeto de consulta previa para que las organizaciones representativas de pueblos indígenas sean escuchadas, sin embargo en el año 2022 el Congreso la aprobó por insistencia.
ONAMIAP junto a otras organizaciones indígenas solicitamos a la Defensoría del Pueblo que interponga una demanda de inconstitucionalidad y luego de ser admitida, ONAMIAP se constituyó en el proceso como tercero, logrando participar en la audiencia de vista de la causa en marzo del presente.
Este histórico fallo se suma a las sentencias del Poder Judicial que han reafirmado la obligación del Congreso de realizar la consulta previa legislativa y de expresamente modificar su reglamento interno para incorporar este proceso en el procedimiento legislativo.
La sentencia del TC reconoce los argumentos presentados por ONAMIAP, donde advertimos que la Ley CAD, que autorizaba la creación de comités de autodefensa en el ámbito de comunidades campesinas y nativas, vulnera la autonomía de las comunidades y las formas propias de organización indígena, toda vez que imponía los CAD por sobre las autoridades indígenas. Siendo que los CAD son órganos subordinados a la policía y las fuerzas armadas, vulnerando el artículo 149 de la constitución.
La ley que pone en riesgo la seguridad indígena
Lo más grave de la ley era que permitía que los Comités de Autodefensa pudieran adquirir armas, ya sea por compra o donación. Esto generaba un riesgo enorme en un contexto de creciente violencia e inseguridad, y podría permitir que empresas o incluso narcotraficantes armaran a estos grupos, lo que pondría en peligro la paz en las comunidades indígenas.
Además, la ley no tomaba en cuenta las autoridades indígenas que ya existen dentro de las comunidades, quienes tienen la capacidad de administrar justicia y proteger sus territorios. En lugar de fortalecerlas, la ley las debilitaba y las subordinaba a las Fuerzas Armadas, lo que afecta gravemente la autonomía de los pueblos indígenas.
Un paso importante hacia la justicia
Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional ha dado un paso fundamental para proteger los derechos de los pueblos indígenas, en especial de las mujeres indígenas que se sienten amenazadas por las leyes que no son consultadas ni respetan su cosmovisión y formas de organización. Aunque esta es una victoria, la lucha sigue.
ONAMIAP seguirá exigiendo que el Congreso cumpla con las sentencias e implemente la consulta previa legislativa, garantizando los derechos de los pueblos indígenas en todo el Perú.
En el contexto de dictadura que nos encontramos hacemos un llamado a las organizaciones indígenas y a la sociedad civil a mantenernos vigilantes para lograr la garantía de derechos de los pueblos indígenas y organizarnos para revertir las leyes inconstitucionales promulgadas por este nefasto Congreso.
Comments